Qué admite cada Audiencia como MASC
Acuerdos de juntas, plenos no jurisdiccionales y autos de 2025-2026 sobre la acreditación del requisito de procedibilidad de la Ley Orgánica 1/2025. Revisado el 18 de octubre de 2026.
No son vinculantes y cambian. Varios autos están tomados de recopilaciones y comentarios: compruébalos en CENDOJ antes de citarlos en un escrito.
Lo que se repite en casi todas
- No haber intentado el MASC antes de demandar es insubsanable; la falta del documento suele poder subsanarse en 5 o 10 días.
- El burofax rehusado o no recogido cuenta como recibido; el devuelto por «desconocido», no.
- Basta un único intento y no se puede exigir que ofrezcas una rebaja.
- Un requerimiento de pago no es negociar.
- Con varios demandados, MASC frente a todos.
Madrid
Juzgados de Primera Instancia de Madrid · Junta de 26-09-2025 · fuente
- Se exige también en el monitorio y en el monitorio de propiedad horizontal, y en la demanda posterior a una cautelar previa.
- Obligaciones solidarias: MASC frente a TODOS los codemandados.
- Email, SMS y WhatsApp solo valen con recepción, tercero de confianza Y canal habitual pactado. No valen envíos unilaterales sin respuesta, aunque sean muchos.
- Rehusado o no retirado = recibido. Devuelto por desconocido o dirección incorrecta = NO recibido.
- Si la demanda no menciona el MASC: insubsanable. Si lo menciona pero no aporta el documento: 5 días para subsanar.
- Deudas periódicas: un MASC cubre las cuotas posteriores hasta un año.
- Desahucio por impago: basta el requerimiento de enervación. Expiración y precario: hace falta MASC.
- No se exige en reconvención ni en el verbal u ordinario tras la oposición al monitorio.
Barcelona
AP Barcelona, secciones civiles · 31-10-2025 (y familia, 4-11-2025) · fuente
- Basta una invitación que exprese la voluntad de negociar de buena fe y defina el objeto, sin propuestas concretas.
- Un mero requerimiento de pago con anuncio de acciones NO cumple (salvo consumo, DA 7.ª).
- Admite correo con acuse, burofax, buromail, email y WhatsApp, o cualquier medio que deje constancia del envío y la recepción.
- La falta de mención o de documento es subsanable; no haber intentado el MASC, no.
- Desahucio: el requerimiento de enervación NO basta; hay que ofrecer un MASC.
- Familia: hace falta para las medidas provisionales previas, no para las cautelares.
Valencia
AP Valencia · 27-11-2025 · fuente
- Se puede subsanar el documento, no el intento.
- Hay que acreditar contenido y recepción. En la oferta vinculante, que versaba sobre el mismo objeto.
- El email vale si hubo contestación o correos anteriores.
- Valen la enervación en desahucios y la reclamación del art. 7 en tráfico.
Valladolid
AP Valladolid · 5-11-2025 · fuente
- En las cartas certificadas debe constar que el objeto era el MASC; si no, inadmisión.
- Si no se respetaron los 30 días de espera, inadmisión (solo se subsana la aportación del documento).
- Consumo: SÍ se aplica el plazo de un año del art. 7.3.
- Hace falta en el monitorio; no en los procesos que derivan de él ni en la reconvención.
Illes Balears
AP Illes Balears · Pleno de 25-11-2025 · fuente
- No describir la negociación en la demanda (art. 399.3 LEC) es insubsanable.
- El correo certificado por un servicio de confianza prueba la recepción; el email simple, caso por caso.
- Hay que agotar los medios para encontrar el domicilio correcto.
Pontevedra
AP Pontevedra · 23-01-2026 · fuente
- Admite WhatsApp y SMS con servicio de confianza, cualificado o no.
- Valen el rehusado, el aviso dejado y el sobrante; NO el «desconocido».
- MASC frente a cada demandado.
- Monitorio: sí, salvo el europeo y el de propiedad horizontal. Desahucio: basta la enervación.
- Divorcio de mutuo acuerdo: cumplido en todo caso.
Albacete
AP Albacete · 29-01-2026 · fuente
- Basta la remisión con posibilidad de recepción: el rechazo, el aviso no recogido o el email no abierto cuentan.
- Basta un único intento, sin obligación de buscar domicilios nuevos.
- El justificante debe reflejar que es una invitación a negociar previa a la acción judicial, con partes y objeto.
- La falta de acreditación se subsana en 10 días.
Cádiz
AP Cádiz · Pleno de 9-10-2025 · fuente
- No se puede exigir una rebaja ni aportar el contenido de la oferta vinculante.
- Email: vale si se contesta, si consta en el contrato o si se usó antes. El tercero de confianza se admite pero no se exige.
- Burofax: vale si el domicilio coincide con el de la demanda.
Girona
AP Girona · 1-10-2025 y 25-02-2026 · fuente
- El email vale si el destinatario contesta, si la dirección consta en el contrato o la web, o si hubo comunicaciones previas por él.
- El documento debe referirse al objeto para comprobar que coincide con el litigio.
Tarragona
AP Tarragona · 23-10-2025 · fuente
- Tráfico: el art. 7 vale frente a la aseguradora, no frente al conductor o el propietario.
- Email: mismos criterios que Girona.
Ourense
AP Ourense · 4-07-2025 · fuente
- Basta un único intento y no se puede exigir una rebaja.
- Email: si estaba pactado o el destinatario respondió por esa vía.
- La usura NO es consumo: exige MASC.
- Consumo: basta la reclamación extrajudicial, sin el plazo de un año.
Santa Cruz de Tenerife
AP Santa Cruz de Tenerife · 25-09-2025 (asume los de Ourense) · fuente
- Basta un único intento y no se puede exigir una rebaja.
- La usura NO es consumo: exige MASC.
Málaga
AAP Málaga, Secc. 6.ª, 388/2025 (23-07-2025) · fuente
- Oferta vinculante por email sin pacto expreso: vale si era el canal habitual.
Alicante
AAP Alicante, Secc. 8.ª, 48/2025 (18-07-2025) · fuente
- Avala el email ordinario; si hay dudas sobre la dirección, hay que dar plazo de subsanación.
Criterio general (sin acuerdo propio en tu provincia)
Colegio Nacional de LAJ · propuesta de 2-04-2025 · fuente
- No haber intentado el MASC es insubsanable; los defectos formales, en 5 días hábiles.
- El email vale con el justificante de envío más la respuesta del destinatario; sin respuesta, hay que reforzar la prueba.
- WhatsApp, llamadas, grabaciones y certificados unilaterales de envíos masivos: no valen.
También: el Tribunal Supremo (ATS de 7-4-2026) excluye la jura de cuentas. Fuente: Sepín.